privacidad y redes sociales

La invasión a la privacidad en lo hoy que llamamos “redes sociales” (más adelante me referiré a este concepto) es recurrente y con frecuencia vemos que siempre termina en acciones de violencia, sobre todo hacia las mujeres “a través de publicaciones, difusión de mensajes e imágenes estereotipadas que promueven la sumisión y/o explotación de mujeres, que la injurian difaman, discriminan, deshonran, humillan o que atentan contra su dignidad, su nombre, su imagen.” (Ley 348 Art.7). Así como la 348, también la Ley Nro. 548 – Código Niño, Niña, Adolescente – define claramente qué se considera violencia, tanto la física como aquella ejercida mediante el uso de cualquier medio, contemplando sanciones, en tanto y cuanto estas se encuentren tipificadas en el Código Penal.

Aquí nos encontramos con una grave figura de vacío legal, ya que el Art. 147 de la Ley N° 548 indica: “Las formas de violencia que no estén tipificadas como delito en la Ley Penal, constituyen infracciones y serán sancionadas por la Jueza o Juez Público de la Niñez y Adolescencia, conforme lo establecido en el presente Código, tomando en cuenta la gravedad del hecho y la sana crítica del juzgador…”. Si analizamos el Código Penal en actual vigencia la violencia digital no está contemplada como delito, por lo que cualquier Juez o Jueza solo podrá sancionarla como infracción, y como la mayoría de las veces, se llegará a una conciliación entre partes afectadas, un resarcimiento económico y/o una satisfacción pública. No tenemos que ser juristas para darnos cuenta de este vicio legal.

El desarrollo tecnológico del siglo XXI ha modificado sustancialmente la forma en la que los humanos nos relacionamos. Así como la comunicación ha migrado al ámbito digital, así también la delincuencia y las conductas delictivas han migrado al ciberespacio – y no estamos hablando de nuevos delitos, son los mismos delitos, pero en nuevos escenarios – encontrando lastimosamente a una sociedad expuesta, por desconocimiento, por excesiva confianza o por ignorar cómo funciona el inframundo en la red internet.

Todos, al menos la mayoría, tenemos una cuenta en: Facebook, Instagram, TikTok, Skype, Bumble, SnapChat, Twitter, Telegram, WhatsApp, Linked In, Tinder, etc. – al menos en algunas de ellas – y es que no tener presencia digital en alguna de estas plataformas digitales, hoy en día nos hace invisibles, pero el tenerlas nos hace vulnerables.

Falencias en el sistema normativo, la falta de información y/o analfabetismo digital respecto al uso adecuado de las NTIC´s, nos exponen permanentemente a la vulneración de los derechos relacionados con la intimidad y la privacidad en la red, agregando al panorama que las plataformas digitales no cuentan con herramientas que garanticen o frenen la vulneración de derechos durante su uso.

La antropóloga argentina Paula Sibilia, en su libro “La intimidad como espectáculo” (2008) señala una interesante contradicción: “lo íntimo deja de serlo cuando se expande en internet”. Y es que nos resulta difícil entender que todo lo que publicamos en la red puede ser utilizado por terceros y que además perdemos el control y la privacidad de aquello, más aún cuando al crear nuestras cuentas aceptamos – sin leerla siquiera – la Declaración de términos de servicio en la que claramente se especifica que: “todo el contenido publicado y los datos personales puedan ser utilizados por terceros dentro y fuera de los Estados Unidos” explicitando también que se liberan de toda responsabilidad por el uso de esa información por parte de terceros. Señalo que esta Declaración de Términos de servicio tiene como sesenta páginas y prácticamente nadie la lee, me incluyo.

Ahora voy a referirme a lo indicado en la introducción del artículo. Hablamos muy a menudo de las redes sociales y casi automáticamente asociamos ese concepto a: Facebook, Instagram, WhatsApp y otras que menciono en párrafos anteriores. Definimos en nuestro imaginario que todas las nombradas son redes sociales y considero, por mi experiencia, que conceptualmente estamos cometiendo un grave error que nos puede llevar a estados de vulnerabilidad y pérdida de privacidad e intimidad en la red Internet. Inclusive, si buscamos en “San Google” nos describirá que una red social es una página web en la que los internautas intercambian información personal y contenidos multimedia.

Para los que denominamos “nativos digitales” – aquellos que nacieron en la era de la tecnología digital – es muy difícil entender que antes teníamos una pequeña agenda separada por viñetas con las letras del abecedario y ahí guardábamos los números de teléfono de nuestros amigos, a los que llamábamos cuando se encontraban en casa o en el trabajo porque no existía la telefonía celular. Eran nuestros amigos de barrio, de la oficina, del club, esa era nuestra “red social”, eran nuestros “contactos”, con ellos compartíamos nuestros tiempos libres y con los más allegados nuestras confidencias, y no aceptábamos a desconocidos, al menos ese era el consejo de nuestros padres.

Hoy, parece que todo eso se quedó en el olvido, los jóvenes, los adolescentes (varios adultos también) deben contar con muchos “amigos” en sus plataformas para ser populares. Aceptan a cualquiera que les envía una solicitud de amistad, crean interacción con gente que aparenta ser de su misma edad y que exhiben fotos de perfil perfectas, que asumen un lenguaje, actitudes e intereses comunes y que se introducen en la vida, sobre todo de niñas y adolescentes, pidiendo fotografías con contenido sensual y sexual (sexting) como prueba de confianza e intentan concretar citas personales para consumar delitos o inducirlas a la prostitución. Son los que en la red internet se conocen como predadores sexuales.

La responsabilidad de crear una verdadera red social, en la que se comparta solo lo necesario, es nuestra, como también lo es el mantener un entorno digital privado y seguro en la internet.

Y cómo podemos hacerlo. Analizando cada una de las solicitudes de amistad que recibimos, configurando la privacidad de nuestras cuentas, evitando el etiquetado en fotografías sin autorización, no mostrando información personal y sensible, compartiendo el contenido solo con los contactos de mi red social, ese mismo ambiente de confianza con el que lo haríamos de manera física y presencial.

Vivir en la era de la Web 2.0 nos expone como posibles víctimas de muchos delitos que se comenten hoy mediante las redes digitales, ya sea por la excesiva confianza de los cibernautas, por compartir sin criterio mensajes reenviados muchas veces (SPAM) o por desconocimiento de cómo funcionan los famosos links (enlaces) que recibimos de desconocidos en WhatsApp u otras plataformas, cuyo objetivo principal es instalar en los dispositivos aplicaciones maliciosas (malware) para tomar el control del equipo, la información que almacena, pero sobre todo de las cuentas bancarias y contactos.

Estas modalidades de delitos informáticos pueden ser relativamente importantes cuando, si lo hacen mediante mensajes de WhatsApp, suplantan la identidad de autoridades aeroportuarias (Frapping) pidiendo sumas de dinero para ayudar a un supuesto pariente que quedó detenido con su maleta en un aeropuerto de los EUA. Algo menores, cuando piden compartir el código recibido para ganar un premio otorgado por la empresa telefónica, pero pueden ser catastróficas cuando vienen mediante correo electrónico suplantando la identidad de la entidad bancaria (Phishing), solicitando mediante formularios, bien elaborados y muy parecidos a los reales, información personal sobre el número de cuenta, dígitos de las tarjetas de debido/crédito y que inducen a colocar el número de identificación personal PIN.

Concluimos que solo de nosotros depende mantener un entorno protegido en las plataformas que manejamos en la red internet, la privacidad de la información que compartimos y la seguridad de nuestra familia y amigos y todo pasa por utilizar de manera seria y responsable estas aplicaciones.

Fuente y redacción: Alejandro M. Rodríguez V. / alerodriguezonline.com

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